lunes, 16 de julio de 2007

UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL DISCRIMINA A TRANS Y LE NIEGA MATRICULA

UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL DISCRIMINA A CUIDADANA TRANS Y LE NIEGA MATRICULA PARA ESTUDIAR
LA CARRERA DE PERIODISMO


La Srta. Briana Jijón Arce, ciudadana trans, el día martes 15 de Mayo del año en curso, solicito en la tesorería de la UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE de esta ciudad, una matricula para el año lectivo 2008-2009 del Pre-universitario de la carrera de Periodismo.

Briana, le comunico a la señorita que la atendió que ella era transexual y ella le dijo, que espera un momento para que hablara con la Coordinadora Académica Lcda. Tania Feiggo, pasaron más de 30 minutos y la entrevista nunca de dio recibiendo como respuesta que no le podían conceder la matricula.

Al indagar el motivo de negarle la matricula la Lcda. Tania Feiggo, desde una ventanilla le comunicó que en esa institución por orden del CONESUP no se concedía matriculas a transexuales caso contrario esta seria multada.

Cabe recalcar que Briana solicitó una cita con la Dra. Elsa Alarcon Soto, Rectora de esta unidad educativa, siendo esta negada y lo único que recibió fue burlas de parte de quienes se encontraban laborando en ese lugar.

Al negársela la matricula a la Srta. Briana Jijón, en base a su orientación sexual e identidad trans, Fundación Amigos por la Vida (FAMIVIDA) considera esto como un acto de discriminación por lo que vamos a llevar a cabo todas las acciones pertinentes del caso, para que la UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE desista de su decisión discriminatoria y la Srta. Briana Jijón estudie y prosiga con su meta la de ser la primera periodista trans en nuestros país.

DILE NO A LA IMPUNIDAD Y DENUNCIA NO CALLES

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Art. 23 (Derechos Civiles).- Sin perjuicio de los derechos establecidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:

La igualdad ante la ley. Todas las personas serán consideradas iguales y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación en razón de nacimiento, edad, sexo, etnia, color, origen social, idioma; religión, filiación política, posición económica, orientación sexual; estado de salud, discapacidad, o diferencia de cualquier otra índole. (Principio de Igualdad y de Proporcionalidad).

El literal L del Art. 142 del reglamento General de la ley Orgánica de Educación explícitamente dice: “son derechos de los alumnos ser tratados sin discriminación de ninguna naturaleza”

En el Art. 41numeral 4 del Código de la Niñez y Adolescencia explícitamente dice: “se prohíbe a los establecimientos educativos la aplicación de medidas que impliquen exclusión o discriminación por causa de una condición personal del estudiante.

DEPARTAMENTO DE DERECHOS HUMANOS DE FAMIVIDA COORDINADOR. Sr. Gonzalo Abarca
Dirección: Los Ríos 103 y Manuel Galecio
E-mail: famivida@gye.satnet.net